PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la Compañía Anónima Clover Internacional, en contra de la sentencia de fecha 26 de abril de 1999, dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: SE REVOCA, la sentencia dictada en fecha 26 de abril de 1999, emitida por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Area Metropolitana de Caracas.-
TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la acción de daños y perjuicios, intentado por el ciudadano Alfredo Stolk Toro plenamente identificado, contra Clover Internacional C.A.
CUARTO: Se condena a la parte demandada Clover Internacional C.A., a pagar a la parte actora Alfredo Stolk la cantidad de CIENCUENTA bolívares (BsF. 50,00).
QUINTO: A los fines de determinar la corrección monetaria se ordena la práctica de una experticia complementaria del fallo, a los fines de que sea calculada la misma, desde.....