D I S P O S I T I V A.
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Ospino Segundo Circuito, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, NIEGA LA RECTIFICACION DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO, N°119, de la ciudadana Yraida González, llevado por el Registro Civil del Municipio Ospino del Estado Portuguesa, durante el año Mil Novecientos Sesenta y Dos (1.962).-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.-
Dada, sellada y firmada en la Sala del JUZGADO DEL MUNICIPIO OSPINO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.- En Ospino al cinco día del mes de Febrero del año dos mil Diez.-Años 199° y 150°.-
La Juez,
Fdo. copia
Abg. Judith Reverol Pocaterra.
.....