En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara, CONSUMADA LA PERENCIÓN Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la querella interpuesta por el ciudadano JESÚS HUGO RUJILLO PÉREZ, titular de la cédula de identidad Nº 3.553.547, asistido por la abogada Blanca Rivero, Inpreabogado Nº 144.795, contra la Dirección General Servicio Autónomo Emergencias del Estado Vargas (SASALLEV.171), adscrita a la Gobernación del Estado Vargas, en virtud de haber sido removido del cargo de Asistente de Paramédico III, mediante Resolución Nº SASALLV-035-2013, dictada en fecha 06 de agosto de 2013.