En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Superior Séptimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CONSUMADA LA PERENCIÓN Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA la demanda de nulidad, interpuesto por los abogados JACQUELINE MONASTERIO, JERSON BELLO, IVAN ANDRES VILLAMIZAR MONASTERIO y ALBERTO VILLAMIZAR, inscritos en el instituto de previsión social del abogado bajo los Nº 75.338, 107.079, 124.505 y 107.148, respectivamente, actuando en carácter de apoderados judiciales de la SOCIEDAD MERCANTIL INVERSIONES 29012007, C.A., por demanda de nulidad.