CAPÍTULO III
DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto, este Juzgado Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA la partición amigable del bien debidamente descrito en la parte expositiva de la presente decisión, peticionada por los ciudadanos MARIA VERONICA CORREA DE DAVILA y JOSE GABINO DAVILA CONTRERAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nos V-11.104.556 y V-12.425.193, respectivamente, asistidos en este acto por el abogado ALEXANDER MEDINA ESTREDO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 156.011, otorgándole el efecto de sentencia pasada con autoridad de cosa Juzgada.
Regístrese, publíquese la anterior decisión y déjese copia en el copiador de Sentencias.
Dada, firmada y sellada en la .....