DECLARA CON LUGAR LA INHIBICION propuesta por la ciudadana Jueza N° 03 de esta Corte de Apelaciones, NELLY ARCAYA DE LANDAEZ, en el asunto signado bajo el Nro. GP01-R-2007-000301, seguido a la Constructora Romariza C.A, siendo los apoderados de la misma los Ciudadanos Elmer José Ariza Cantillo y Roberto Romagoza,, con fundamento en las causales previstas en el artículo 86 numeral 7° del Código Orgánico Procesal Penal. Publíquese, regístrese, diarícese, déjese copia y remítase el presente cuaderno separado al Tribunal de origen en su oportunidad legal.