Por todas las razones expuestas este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del estado Falcón en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Decreta: NULIDAD del auto de mero trámite de fecha 10/01/08 mediante el cual se convocó a la audiencia preliminar, así como, la fijación que se realizó el 11 de febrero de 2008 para el día 07 de marzo de 2008 a las 09:30 de la mañana sobre la norma procesal adjetiva contenida en sus artículos 327 y 328, el artículo 191 y la jurisprudencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en sentencia N° 280 dictada en fecha 23/02/07, Exp. 05-1389, con ponencia del Magistrado Jesús Eduardo Cabrera Romero y, en consecuencia, acuerda: PRIMERO: Notificar a la víctima de la interposición del escrito acusatorio, informándole igualmente, que dentro del plazo de cinco (5) días contados desde la notificación de la convocatoria podrá adherirse a la acusación F.....