DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: EL SANEAMIENTO de la decisión N° 047-08 de fecha 21-02-08, emanada de esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Penal Judicial del Estado Zulia; SEGUNDO: ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por los profesionales del derecho JESÚS ANTONIO VERGARA PEÑA y RICHARD PORTILLO TORRES, Inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los N°: 12.390 y 56.915, actuando con el carácter de Apoderados Judiciales de la ciudadana MERY ESPINA DE FUENMAYOR, en contra de la decisión N° 1C-0001-08, de fecha 07-01-08, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante la cual el Tribunal decreta sin lugar la solicitud de Restitución del bien inmueble propiedad de la represent.....