IV
D I S P O S I T I V A
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en funciones de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad conferida en la ley, con arreglo a lo establecido en los artículos 555 y 615 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, 318 y 48 del Código Orgánico Procesal Penal, decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO POR PRESCRIPCIÓN DE LA ACCION PENAL en la presente causa seguida a venezolano, de 17 años, residenciado en Colinas de Plan de Manzano, calle 19 de Abril, casa N° 28, Municipio Libertador, Distrito Capital, sin mas datos de identificación, por la comisión del delito de Lesiones Personales Leves, tipificado en el 413 del Código Penal, en perjuicio Benito José Quintero. ASI SE DECIDE. Dictada en la sala de audiencias, en Caracas, a los cinco días del mes de .....