declara: Primero: Con lugar la apelación de la parte actora en lo referente al silencio de prueba denunciado, quedando el fallo apelado modificado en lo que respecta a la negativa del bono nocturno y horas extraordinarias, señalada en la motiva del mismo, y en cuanto a los domingos reclamados. Segundo: Sin lugar la apelación de la parte demandada en lo que respecta al carácter salarial atribuido en el fallo apelado, al 100% de lo percibido por los trabajadores por concepto y propinas, y a la inclusión del porcentaje cobrado por el patrono por servicio al cliente. Tercero: Con lugar la demanda incoada por los trabajadores: ARMANDO SILVA, DANIEL RIOS, WILLIAM CONTREARAS, ALVI RODNDON, contra COMA CUISINE, C.A.: Se condena a la demandada a cancelar a los actores, además de los conceptos y montos que resulten de la experticia del fallo ordenado en la motiva de esta decisión, respecto al bono nocturno, a los días domingos laborados y las horas extraordinarias acordadas, todos aquellos con.....