II
DECISIÓN
En mérito de lo anterior, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
1. INCOMPETENTE para conocer del presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto por el abogado Miguel Eduardo Henríquez Valera, inscrito en el Instituto de Prevención Social del Abogado bajo el Nº 125.319, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Noel Enrique Rosas, María Valentina Rosas Cedeño, Eduardo Enrique Rosas Cedeño, Marisabel Coromoto Cedeño Vargas y Francisco José Reyes Loreto, titulares de las cédulas de identidad Nros. 3.656.983, 16.053.904, 13.469.645, 4.030.328 y 14.381.393, respectivamente, en contra el Acto Administrativo contenido en la Resolución Nº 093, dictado por el Ministerio del Poder Popular para la Educación.
2. Ordena remitir inmediatamente el presente expediente a la Sala Político .....