Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA QUE POR ACCIDENTE DE TRABAJO intentara el ciudadano MAXIMO ANTONIO GIL RIVAS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, cédula de identidad Nro. V- 7.133.734, contra FRIGORIFICO INDUSTRIAL CARABOBO, C.A. y en consecuencia SE CONDENA a la demandada, antes identificada, a cancelarle a la parte actora un total de OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SEICIENTOS CINCENTA BOLIVARES SIN CÉNTIMOS (Bs. 883.650,00); cantidad ésta que acuerda este Tribunal por concepto de Cobro de Indemnizaciones por Accidente de Trabajo; y que la accionada FRIGORIFICO INDUSTRIAL CARABOBO, C.A deberá pagar al trabajador hoy accionante ciudadano AMAXIMO ANTONIO GIL RIVAS, por los conceptos detallados en la parte .....