Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Declara Con Lugar el recurso de apelación ejercido por el abogado FREDDYS DORTA ORTEGA, debidamente inscrito en el Instituto de Precisión del Abogado bajo el No. 62.064, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JOEL ANTONIO SANABRIA CLARA, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 15.334.756, parte actora en la acción mero declarativa.
SEGUNDO: vista que la causa siguió un procedimiento impropio, esta Alzada a los fines de sanear el proceso declara nulas todas las actuaciones realizadas por el A quo salvo la decisión que declara la incompetencia funcional para conocer el presente juicio y por consiguiente repone la causa al estado de que el Tribunal Séptimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, una vez re.....