......Por las razones y consideraciones expuestas, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo, administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la INADMISIBILIDAD de la demanda incoada por el ciudadano NAPOLEÓN MORETA, ya identificado, actuando en su carácter de apoderado de la ciudadana YERITZA SORIEL MORETA AYALA, asistida por los abogados NOLAN FAJARDO y JHONNATHAN MORENO, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 187.820 y 280.610. Y así se decide. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. AÑOS: 207° y 159°.-
LA JUEZ
NEREIDA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ
LA SECRETARIA
YESENIA FUENTES
En la misma fecha se dictó, publicó y diarizó la presente decisión.
LA SECRETARIA
YESENIA FUENTES