Decisiones del dia 05/03/2018 
				   
				 
	
				  
			 
			
			
	  
	 
  
			  
				
                   
					    
						  
					      N° Expediente :
								AP21-L-2017-000323  
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
						  
						  Fecha: 05/03/2018  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: Pues bien, oída la planificación del auxiliar de justicia, esta Juzgadora pasa a establecer que se requiere 3 horas por la realización de la misma, encontrándose justificado de acuerdo a los parámetros establecidos en el la decisión del Juzgado Sexto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de esta Circunscripción de fecha 13/10/2017; y las formalidades para la realización de dicha experticia, en consecuencia, visto que el valor de la hora hombre es de Bs. 376,851,56, pues bien, al multiplicar el valor de esta por 3 horas esto da la cantidad de Bs. Bs. 1.130.572,68 monto en el cual este Juzgado fija los honorarios del  auxiliar MIGDALY ISTURIZ. Así se establece
Queda establecido que la presente fijación de honorarios profesionales, no obsta para que la parte demandada pueda con la intervención del Juez celebrar convenios sobre los derechos que habrán de pagar a dicha auxiliar de justicia. Todo  de conformidad con los artículos 54 y 55 de la Ley de Arancel Jud.....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Lilia Nohemi Zoriano Trejo 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Juzgado Cuarto De  Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución  Del Trabajo 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								AP21-L-2017-002056  
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
						  
						  Fecha: 05/03/2018  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: 
     ......Por las razones y consideraciones expuestas, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo, administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la INADMISIBILIDAD de la demanda incoada por el ciudadano NAPOLEÓN MORETA, ya identificado, actuando en su carácter de apoderado de la ciudadana YERITZA SORIEL MORETA AYALA, asistida por los abogados NOLAN FAJARDO y JHONNATHAN MORENO, inscritos en el Inpreabogado bajo los  N° 187.820 y 280.610. Y así se decide. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. AÑOS: 207° y 159°.-  
LA JUEZ 
NEREIDA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ 
LA SECRETARIA
YESENIA FUENTES
 
En la misma fecha se dictó, publicó y diarizó la presente decisión.
 
LA SECRETARIA
YESENIA FUENTES
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Nereida Hernandez 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Juzgado Quinto De  Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								AH1B-X-2015-000055  
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
						  
						  Fecha: 05/03/2018  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: Se dictó decisión mediante el cual se entiende renunciado el derecho a retasa ejercido por la parte intimada de autos, conforme a los lineamientos explanados en el fallo, y se declaró firme el monto de los honorarios demandados por Jorge José Melechón y Rafael Campos Azuaje, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, abogados en ejercicio, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-2.969.646 y V-4.589.041, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos. 25.228 y 24.890, respectivamente.
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Maritza Josefina Betancourt Morales 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Juzgado Undecimo Primera Instancia  en lo Civil, Mercantil y del Transito 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								AP21-L-2018-000144  
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
						  
						  Fecha: 05/03/2018  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: Por las motivaciones de hecho y derecho antes expuestas este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara: Primero: Homologada la transacción en la demanda por cobro de diferencia de prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoada por la ciudadana Maria Lucia de Montilla, titular de la cédula de identidad Nº V.-13.814.411, contra la entidad de trabajo AB. Proyectos e Inspeciones C.A., ambos identificados en autos. Segundo: Dada la naturaleza del fallo, no hay condenatoria en costas. Tercero: Se acuerda expedir por Secretaría las copias certificadas requeridas, a tenor de lo dispuesto en el numeral 3º del artículo 21 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, instando a las partes a consignar los fotostatos correspondientes. 
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Eradis Genara Díaz 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Juzgado Septimo De  Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo