se ordena la reposición de la causa al estado de designar nuevo Defensor de Oficio para que ejerza la defensa de los co-demandados antes señalados, déjese sin efecto la designación del Defensor Ad-Litem al abogado JOSÉ MANUEL VIVAS PÉREZ venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-8.167.391 e inscrito en el IPSA bajo el Nro. 54.515, Se hace del conocimiento de las partes que el lapso probatorio se abre nuevamente solo en lo que respecta al Defensor de Oficio de los co-demandados antes mencionados, una vez designado el nuevo defensor, a los fines de la continuidad de la presente causa. Así queda establecido.
LA JUEZ
YNÉS BRAZÓN GONZÁLEZ
LA SECRETARIA
Abg. ADRIANA CAROLINA MÉNDEZ
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto .....