Este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISBLE la demanda con motivo de PRESUNCIÓN DE AUSENCIA, interpuesta por la ciudadana ANA AIDA PÁEZ BORTO,venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.382.649, asistida por los abogados LEOBARDO FERNANDEZ BRICEÑO y ALEXANDEER DANIEL FERNANDEZ HERNANDEZ, ambos inscritos en el I.P.S.A bajo los N°15.003 y N° 251.123 contra el ciudadano JULIO CESAR PÁEZ BORTOT, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.206.728. Así se decide.