III.- DISPOSITIVA:
En mérito de las anteriores consideraciones, este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUÍN Y DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, CON SEDE EN MARIARA, administrando Justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, intentada por el ciudadano ISAI JOSUE VARGAS NAVAS venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.843.398, debidamente asistido por el abogado en ejercicio OSWALDO RAMÓN ADRIÁN GONZÁLEZ, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el número 151.974; en contra de la ciudadana MIRCA SOXDAY GIMÉNEZ RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.508.562. SEGUNDO: Se ordena el desglose y la devolución de los documentos originales cursantes en autos, dejándose en.....