1. INADMISIBLE, el recurso contencioso tributario interpuesto por el ciudadano Ender Alfonso Urdaneta Sánchez ya identificado, contra el acto administrativo contenido en las Resolución de incumplimiento de deberes formales Nº GRTI-RCE-DR-ISLR-320-2002-500426, del 25/04/2002, y la planilla de liquidación Nº 10-10-01-2-27-000447, del 05/08/2002, emanada de la Gerencia Jurídico Tributaria del Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria (SENIAT), por falta de cualidad o interés del recurrente, establecido en el numeral 2 del artículo 266 del Código Orgánico Tributario.