Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 07 de Febrero del 2006, por la abogada FANY MENDOZA DE BANDRES, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana JULIETTE CAROLINA D?ORAZIO PASTORI, contra la sentencia dictada en fecha 03 de Febrero del 2006, por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Juez Unipersonal N° 4, con sede en esta Ciudad.-
No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del fallo.
Queda así CONFIRMADA la sentencia objeto de la presente apelación.
PUBLIQUESE, y REGISTRESE
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