Decisiones del dia 05/04/2010 
				   
				 
	
				  
			 
			
	  
	 
  
			  
				
                   
					    
						  
					      N° Expediente :
								AP31-S-2010-000668  
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
						  
						  Fecha: 05/04/2010  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: Analizadas las declaraciones de las testigos señaladas, así como los documentos relacionados, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de AURA MARIA FAUSTINA ARAUJO DE CHIOSSONE, quien fuera venezolana, mayor de edad, viuda y titular de la Cédula de Identidad Nº V- 195.391, a los ciudadanos ANA EVELYN CHIOSSONE ARAUJO, GIOCONDA AUXILIADORA CHIOSSONE DE ZERPA, JACQUELINE CHIOSSONE ARAUJO e IVAN GUILLERMO DE LOS REYES CHIOSSONE ARAUJO, titulares de la Cédula de Identidad números V- 3.959.310, V- 3.074.799, V- 5.967.255, y V- 2.996.197, respectivamente, en su carácter de hijos de la de cujus. Devuélvanse las actuaciones en original a los solicitantes, a los fines legales consiguientes y déjese copia certificada de la presente decisión
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Zobeida Romero 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Juzgado Primero de Municipio 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								AP31-S-2010-000814  
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
						  
						  Fecha: 05/04/2010  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: este Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, conforme a lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO suficiente, a favor de la  ciudadana  ZULAY COROMOTO MUJICA TERINE, sobre las bienhechurías constituidas por la casa No. 2-D, construida en un  terreno ubicado en el Barrio Segunda Loma, Callejón sin nombre, acceso Callejón Bolívar, Parroquia La Pastora, Municipio Libertador del Distrito Capital, identificado con la Cédula Catastral Nº 01-01-11-U01-002-103-013-000-000-000. El terreno sobre el cual fueron construidas las bienhechurías, es propiedad de la ciudadana ZULAY COROMOTO MUJICA TERINE, según se evidencia de la información contenida en la Certificación de Cédula Catastral, expedida el 23-11-2009, por el Director de Documentación e Información Catastral, de la Alcaldía del Municipio Bolivariano Liberta.....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Zobeida Romero 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Juzgado Primero de Municipio 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								AP31-S-2010-000852  
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
						  
						  Fecha: 05/04/2010  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal declara TITULO SUFICIENTE PARA ACREDITAR EL CARÁCTER DE UNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS del MANUEL GORGAL PÉREZ, quien fuera identificado como natural de Galicia-España y venezolano por naturalización, titular de la Cédula de Identidad No. V- 6.154.115, a favor de las ciudadanas ISOLINA MALVAREZ de GORGAL, de nacionalidad española, residente en la República Bolivariana de Venezuela, titular de la Cédula de Identidad Nº E- 940.259, y MARÍA DEL ROSARIO GORGAL de ESCOBAR, venezolana, mayor de edad y  titular de la Cédula de Identidad No. V- 6.196.703, en carácter de viuda e hija, en el mismo orden, del referido causante. Devuélvanse las presentes actuaciones en original a las solicitantes, a los fines legales consiguientes y déjese copia certificada de la presente decisión. Expídanse las copias certificadas que sean solicitadas, antes del r.....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Zobeida Romero 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Juzgado Primero de Municipio 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								AP31-F-2009-004390  
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
						  
						  Fecha: 05/04/2010  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: En consecuencia, este Juzgado declara que efectivamente existe un error material, traducido en la omisión de la última letra del nombre que aparece en el Acta de Nacimiento identificada con el No. 1914, levantada el 2 de julio de 1964, por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Juan, Departamento Libertador (hoy Municipio) del Distrito Federal (hoy Capital); por lo cual se ordena su rectificación, en los siguientes términos: deberá dejarse constancia que la forma correcta de escribir el primer nombre de la presentada es MARILUZ, y no MARILU, como fue asentado inicialmente en la referida Acta de Nacimiento perteneciente a la ciudadana MARILUZ DEL NAZARENO BRICEÑO VILLARREAL, titular de la Cédula de Identidad No. 6.162.417.
En consecuencia, se ordena oficiar lo conducente al Registrador Civil de la Parroquia San Juan, Municipio Libertador del Distrito Capital y al Registrador Principal del Distrito Capital, para que se proceda de conformidad a lo previsto en el artículo 506 del .....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Zobeida Romero 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Juzgado Primero de Municipio 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								AP31-F-2009-003805  
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
						  
						  Fecha: 05/04/2010  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: En base a las actuaciones antes relacionadas, por las cuales se evidencia que se cumplieron todas las formalidades previstas en el artículo 185-A del Código Civil, y teniendo por cierto lo declarado por los solicitantes, quienes alegaron que tienen más de cinco (5) años separados de hecho sin que haya habido reconciliación entre ellos, existiendo por ende ruptura prolongada de la vida en común, desde el mes de septiembre de 2002, este Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio interpuesta por los ciudadanos MANUEL ANTONIO UZTARIZ LOYO y GLADYS YELITZA HERNÁNDEZ PÉREZ, antes identificados. En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por ellos ante la Prefectura Civil del Municipio Zamora del Estado Miranda, el día cinco (5) de agosto de 2000, registrado bajo el Acta No.....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Zobeida Romero 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Juzgado Primero de Municipio 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								AP31-V-2010-000913  
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
						  
						  Fecha: 05/04/2010  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: Ahora bien, el artículo 673 del Código de Procedimiento Civil establece en su encabezado lo siguiente: “Cuando se demanden cuentas al tutor, curador, socio, administrador, apoderado o encargado de intereses ajenos, y el demandante acredite de un modo auténtico la obligación que tiene el demandado de rendirlas, así como el periodo y el negocio o los negocios determinados que deben comprender, el Juez ordenará la intimación del demandado...” (subrayado y negritas del Tribunal)
Así las cosas, observa el Tribunal que no fue acreditado en autos de modo auténtico la obligación que se afirma corresponde al ciudadano JHOHAN GUILLERMO GÓMEZ FIGUEROA. En consecuencia, aplicando tal consideración y de acuerdo a la interpretación de la norma supra señalada, se declara la inadmisibilidad de la presente demanda; y así se decide.
No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión.
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Zobeida Romero 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Juzgado Primero de Municipio 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								AP31-F-2009-003911  
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
						  
						  Fecha: 05/04/2010  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: En base a las actuaciones antes relacionadas, por las cuales se evidencia que se cumplieron todas las formalidades previstas en el artículo 185-A del Código Civil, y teniendo por cierto lo declarado por los solicitantes, quienes alegaron que tienen más de cinco (5) años separados de hecho sin que haya habido reconciliación entre ellos, existiendo por ende ruptura prolongada de la vida en común, desde el treinta (30) de noviembre de 2002, este Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio interpuesta por los ciudadanos ARGENIS ORLANDO GÓMEZ TORRES y PATRICIA LAURIBEL ARANZAZU MARTÍNEZ, antes identificados. En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por ellos en el antes denominado Juzgado Sexto de Parroquia de del Departamento Libertador de la Circunscripción Judicial de.....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Zobeida Romero 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Juzgado Primero de Municipio 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								AP31-F-2010-000943  
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
						  
						  Fecha: 05/04/2010  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: Por cuanto dicha partición y liquidación se realiza según lo previsto en el artículo 788 del Código de Procedimiento Civil entre personas mayores de edad, en el libre ejercicio de sus derechos, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN, en los mismos términos expuestos por los solicitantes. En consecuencia, téngase la presente como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad a lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Igualmente se acuerda expedir dos (2) juegos de copias certificadas del escrito que dio inicio a estas actuaciones, con la inserción de la presente decisión, e igualmente se ordena la devolución de las copias certificadas consignados por los solicitantes, previa su certificación en autos, todo de conformidad a lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez que sean suministradas las respectivas copias por cualquiera de los interesados.
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Zobeida Romero 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Juzgado Primero de Municipio 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								AP31-F-2009-002244  
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
						  
						  Fecha: 05/04/2010  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: En base a las actuaciones antes relacionadas, por las cuales se evidencia que se cumplieron todas las formalidades previstas en el artículo 185-A del Código Civil, y teniendo por cierto lo afirmado por los solicitantes, quienes declararon que están separados de hecho desde el veinte (20) de marzo de 2003, sin que haya habido reconciliación entre ellos, existiendo por ende ruptura prolongada de la vida en común, lo cual supera el lapso de tiempo legalmente previsto para que proceda su solicitud, este Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio interpuesta por los ciudadanos GERMÁN RAFAEL GUARECUCO y MARIELA DEL CARMEN TEJERA CASTILLO, antes identificados. En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por ellos ante la Jefatura Civil de la Parroquia San Juan, Municipio Lib.....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Zobeida Romero 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Juzgado Primero de Municipio