D E C I S I O N
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil y Mercantil administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, CONFIRMA la sentencia consultada. En consecuencia, SE DECRETA LA INTERDICCIÓN DEFINITIVA de la ciudadana LOURDES JUÁREZ DE PAVÓN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.060.443, y se le designa TUTOR DEFINITIVO a su hijo ciudadano ANTONIO JOSÉ PAVÓN JUÁREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.737.454 y de este domicilio. Se designa como integrantes del Consejo de Tutela a los ciudadanos ELSY LOURDES PAVÓN JUÁREZ, DULCE MARÍA PAVÓN DE ÁLVAREZ, ANA ROSA AGUILAR MUJICA y JESÚS ANTONIO PAVÓN JUÁREZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. 3.088.559, 3.964.718, 16.750.484 y 2.913.429 respectivamente, de conformidad con el artículo 324 del Código Civil.
Queda así CONFIRMADA la sentencia consultada.
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