Se consignó y público resolución declarando: "1.- PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por los ciudadanos RAFAEL ANTONIO MENESES MUÑOZ y WILFREDO ANTONIO RAMÍREZ SAAVEDRA contra la entidad del trabajo denominada "PROACTIVA LIBERTADOR C.A.", ambas partes identificadas en los autos. 2.- No hay condenatoria en costas por cuanto ninguna de las partes ha resultado totalmente vencida en este proceso, de conformidad con el art. 59 LOPT. 3.- Se deja constancia que el lapso para ejercer recursos en contra de la presente decisión, comenzará a correr a partir del día -exclusive-"