Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la inhibición planteada por el ABG. MAURO JOSÉ GUERRA, en su condición de Juez del Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 15 de marzo de 2016, en la acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano Jesús Sulvaran Mejías contra los ciudadanos Hugo Segundo Ocando, Beto Ávila Zambrano, Luís Alberto Salas y Asociación Civil de Conductores Casalta-Chacaito-Cafetal, sustanciado en el expediente Nro.AP11-O-2015-000138 para la nomenclatura interna de los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil.