En consecuencia esta Sala Nro. 02 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara ADMITIDO el presente recurso, interpuesto por el Abogado DAVID VALLES, en su condición de Defensor Publico Primero, cargo adscrito a la Unidad Regional de la Defensa Publica de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, contra la decisión dictada en fecha 26/07/2015 y publicada en fecha 4/8/2015 por el Tribunal Cuarto de Control de este Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, en el asunto signado bajo en Nº GP01-P-2015-015570, mediante la cual se DECRETO MEDIDA JUDICIAL PRIVATIVA DE LIBERTAD, en contra del imputado JOSE FRANCISCO RAMOS MORA, por la presunta comisión de los delitos de: ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal, DETENTACION DE ARMA BLANCA, previsto y sancionado en el numeral 3 del articulo 3 de la Ley para el Desar.....