Por las motivaciones de hecho y derecho antes expuestas este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara: Primero: Declina la competencia para conocer para conocer y decidir la presente demanda por reconocimiento de beneficio de jubilación y pensiones interpuesta por la ciudadana Elizabeth Arvelo Pérez contra la Alcaldía del Municipio Autónomo Sucre del estado Bolivariano de Miranda, en el correspondiente Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Región Capital. Segundo: Una vez firme la presente decisión, se ordena expedir el respectivo oficio de remisión a la respectiva Unidad de Recepción y Distribución de Documentos.