DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Control N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con lo previsto en el Artículo 318 Ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, a favor de los ciudadanos: Roberth José Torres Rivero, Heber José Nieto Núñez y Argenis José Santana Rico, así como también el cese de la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad impuesta por este Tribunal en fecha 05 de Abril de 2003, por cuanto, según el artículo 319 ejusdem, el Sobreseimiento pone fin al Procedimiento .
Regístrese y notifíquese a las partes. Cúmplase.