Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia, Actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE, en los términos expuestos en esta sentencia, el recurso intentado por el ciudadano CRUZ MARIO ARROYO BARAHONA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.344.938, representado por el abogado ANDRÉS ELINAR JIMÉNEZ, venezolano, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 114.383., contra la Alcaldía del Municipio Crespo del Estado Lara por Diferencia de Prestaciones Sociales y Otros.