"...En virtud de los razonamientos antes expuestos y de conformidad con las normas legales citadas este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la LEY DECLARA, SIN LUGAR, la Cuestión de fondo prevista en el artículo 361 del Código de Procedimiento Civil, también la falta de cualidad e interés del demandado para comparecer en el presente juicio y DECLARA SIN LUGAR LA DEMANDA intentada por el ciudadano JOSÉ ANTONIO RODRÍGUEZ MACHADO, en su carácter de conductor y propietario del vehículo marca HYUNDAI, modelo EXCEL año 1999 clase automóvil, tipo Sedan uso transporte público, color blanco, servicio taxi, serial motor G4DJW521147, serial carrocería 8X1VF21JPXYA02604, en contra del ciudadano TEODORO GUTIERREZ y GERARDO TORRELES, en consecuencia, se condena al pago de costas y costos procesales a la parte demand.....