Conforme con los argumentos precedentes, este Juzgado Trigésimo Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA  INADMISIBLE LA APELACIÓN INTERPUESTA  por la representación judicial de la parte demandante ciudadana  YLENY DEL CARMEN DURAN MORILLO. En consecuencia, se ordena remitir el presente asunto, al Juzgado Superior Distribuidor con competencia en materia Contencioso Administrativo del Área Metropolitana de Caracas.