este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 320 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA FORMALMENTE LA INTERRUPCIÓN DEL DEBATE en la presente causa seguida en contra de los ciudadanos JUAN JOSE MAZA SUAREZ, Venezolano, natural Cumaná, Estado Sucre, nacido en fecha 02-01-1987, de 26 años de edad, indocumentado, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de los ciudadanos Ana Suárez y Francisco Maza, residenciado en la Calle Mariño, Sector La Guardia Nacional, Casa S/N° (cerca de la bodega de la sra. Yuya), Cumaná, Estado Sucre; y FERNANDO ANDRÉS MARTÍNEZ BERMÚDEZ, venezolano, natural de Cumana Estado Sucre, nacido en fecha 14-08-1988, de 24 años de edad, titular de la Cédula de Identidad V-19.538.177, albañil, soltero, hijo de Leidys Bermúdez y Marcos Martínez, residenciado en el Cumanagoto Norte, sector san.....