En consecuencia, se ordena notificar a la parte demandada, sociedad mercantil CONSTRUCCIONES RIALAP C.A., inscrita en el Registro Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal (hoy Capital) y Estado Miranda en fecha 24.031993, bajo el Nº 20, Tomo 112-A-Pro., y al ciudadano ALVARO JESÚS CAMPOS ESTEBAN, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 6.451.256, y/o en la persona de uno de cualesquiera de sus apoderados judiciales, abogados ANTONIO HERNANDEZ y WILLIAN EDUARDO PEREZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 43.928 y 23.843, respectivamente, de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese boleta de notificación. Cúmplase.