Se dictó decisión mediante la cual se declaró inadmisible la demanda por daños materiales y morales conjuntamente con medida de embargo preventivo interpuesta por la ciudadana CRUZ MAIRENE RONDÓN ROJAS, contra los ciudadanos Sayed Bayeh y Naidu José Mayorga titulares de la cédula de identidad Nros 13.744.293 y 8.953.146 respectivamente, y solidariamente contra la República Bolivariana de Venezuela por Órgano del COMPLEJO HOSPITALARIO DR. LUIS RAZETTI, adscrito al MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA SALUD, por no haber cumplido con el procedimiento previo contentivo a las demandas contra la República, los estados o contra los órganos o entes que integran el poder público, asimismo se ordenó notificar a la referida ciudadana.