Por todas las razones expuestas, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Extensión Puerto Cabello, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley acuerda impartir su HOMOLOGACION a fin de que tenga fuerza de COSA JUZGADA el Desistimiento de fecha 03/06/2014, realizado por la parte demandante ciudadana JOSEFA DEYANIRA ALIENDRES FIGUEREDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-10.252.892, asistida por el abogado ALBERTO HENRIQUEZ, Ipsa Nº 141.091, en el juicio por RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO que incoara en contra de la ciudadana IRIS TIBISAY SERVELION LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-8.604.709, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Se da por terminado el expediente y se ordena el archivo de.....