En consecuencia de lo anterior y en cumplimiento a la norma prevista en el artículo 231 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, este Tribunal concede a la parte demandada, Distribuidora el Cardenalito 441, C.A., representada por el ciudadano BIAGGIO ALFREDO GROSSO ANTONINI, un lapso de seis (06) días de despacho para que efectúe el cumplimiento voluntario a la sentencia dictada.