CUARTO: Este Tribunal, en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de LA DEMANDANTE, ni normas de orden publico HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de cosa juzgada. Asimismo se deja constancia por parte de la Secretaria judicial, de haber expedido una copia certificada de la presente acta transaccional. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman los presentes.
El Juez
Abg. Franklin Porras Mendoza.