De las consideraciones que anteceden, este Tribunal Superior Décimo en lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PROCEDENTE la solicitud de aclaratoria presentada por la abogada MARIA ELENA PEREZ TOVAR, actuando en defensa de sus derecho e intereses, de la decisión proferida por este Tribunal en fecha 11 de mayo de 2016, en consecuencia:
ÚNICO: Se deja constancia que en el dispositivo de la mencionada sentencia debe constar lo siguiente: "QUINTO: La corrección monetaria o indexación judicial sobre cada una de las cantidades dinerarias objeto de la demanda".
Publíquese, registre. Agréguese al expediente y notifíquese a las partes.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal Superior Décimo de lo contencioso Administrativo de la Región Capital, en Caracas, a los cinco (05) días del mes de junio de dos mil diecisiete (2017). Años: 207° de la Independencia y 158° de la Federación.