Por las motivaciones de hecho y derecho antes expuestas este Juzgado Cuadragésimo Tercero (43°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara: Primero: Sin lugar la reclamación de la representación judicial de la parte demandante, con motivo de la experticia complementaria del fallo presentada por el experto contable Francisco Antonio Villegas en fecha 23 de enero de 2024, en la presente causa, en cuanto a la aplicación de la reconversión monetaria decretada por el ejecutivo nacional y publicada mediante Decreto Nº 4.553 de fecha 06/08/2021, y Gaceta Oficial Nº 42.185 de esa misma fecha. En consecuencia, las partes demandadas: entidad de trabajo "TRANSCARGA INTL AIRWAYS, C.A, (TIACA)," y el ciudadano: JULIO JOSE MARQUEZ BIAGI, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.120.981, debe cancelar.....