Se decretó Sobreseimiento de la causa seguida a personas desconcidas, por la presunta comisión del delito de Hurto Simple, en perjuicio del ciudadano Alexis Rafael Millán, por encontrarse prescita la acción penal, de conformidad con lo previsto en el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo establecido en el artículo 108 ordinal 5° del Código Penal.