este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara Firme el DECRETO INTIMATORIO y Así se Decide.- Notifíquese a las partes, por cuanto el fallo fue dictado fuera de lapso, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.- Publíquese y Regístrese, y déjese copia de la presente en el archivo del Tribunal.- Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Sexto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia a los Cinco (05) días del mes de Agosto del 2005.- Años: 195º de la Independencia y 146º de la Federación.-
LA JUEZ PROVISORIO,
Abg. Yuleima Castillo Oviedo.
LA SECRETARIA,
Abg. Egilda Rojas Sánchez.
En la mis.....