Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PARCIALMENTE CON LUGAR la acción intentada por el ciudadano SANDRO JOSE LOPEZ NATERA contra la Sociedad de Comercio "ALIMENTOS CONCENTRADOS SOUTO" C.A.,
PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la accionada, y en estos términos queda MODIFICADA la sentencia recurrida.
Se ordena al Banco Central de Venezuela, practicar experticia complementaria del fallo bajo los parámetros siguientes: