Se deja constancia que la parte actora y recurrente ciudadano GUILLERMO JORGE NARDI no compareció por si ni por medio de apoderado judicial a la audiencia de apelación, por lo que ante su incomparecencia este Juzgado Superior Tercero del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDA LA APELACIÓN INTENTADA, de conformidad con el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
En consecuencia, queda firme la sentencia recurrida.