Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad a lo establecido en el Artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ADMITE totalmente la acusación presentada por la Fiscal del Ministerio Público, en contra del acusado CARLOS ALBERTO GONZALEZ, por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana, YAMILETH DEL CARMEN CASTRO SANCHEZ. SEGUNDO: ADMITE las pruebas ofrecidas, por el ministerio público, por cuanto las mismas son legales, licitas pertinentes, útiles y necesarias. TERCERO: DECRETA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, a favor del imputado CARLOS ALBERTO GONZALEZ.....