Se dictó y publicó decisión, mediante la cual se admitió el recurso contencioso administrativo de nulidad y su reforma interpuesto; se ordenó notificar a los ciudadanos Fiscal y Procuradora General de la República, Director del Servicio Autónomo de Registros y Notarías del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia, al Registrador Subalterno del referido Municipio y Elio José Monzón; y finalmente, se ordenó remitir el expediente a la Corte de conformidad con el articulo 82 de la L.O.J.C.A.05