Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se declaró SIN LUGAR el RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 13 de diciembre de 2012, por la abogada Laura Magalhaes, apoderada judicial de la parte actora, contra el auto dictado en fecha 7 de diciembre de 2012, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, en el procedimiento de cobro de bolivares seguido por la ciudadana Ana Pastora Olivo Marín, contra el ciudadano Luis Alberto Suarez Rodriguez. Quedó asi CONFIRMADO el auto apelado. Se condenó en costas al apelante, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.