Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, declara: INADMISIBLE la demanda de NULIDAD DE CONTRATO, interpuesta por el ciudadano JOSE LUIS MONASTERIOS TERAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.823.995, de este domicilio, contra el ciudadano RUBEN ANTONIO MONASTERIOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-2.783.107, de este domicilio.