En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal de Control Nº 3, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, pasa a pronunciarse en los siguiente términos: PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR LA APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA de conformidad con el Articulo 44 ord. 1 de la Constitución y el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal; SEGUNDO: Se Acuerda la continuación del asunto por la vía del PROCEDIMIENTO ABREVIADO indicado en el artículo 372 de la norma adjetiva. TERCERO: Se impone al ciudadano WILLIAN JOSE RODRIGUEZ SUAREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 15.732.824, Estado Civil: SOLTERO de 28 años, nacido en Barquisimeto estado Lara, nacido en el 29.08.83, hijo de: ROSALIA SUAREZ Y REINALDO RODRIGUEZ (+), de oficio COMERCIANTE, domiciliado URB. PIEDRAS BALCA, CALLE 4 ENTRE 22 Y 23, Nº DE CASA 36, DE COLOR VERDE CON BLANCO, DIAGONAL A LOS APARTAMENTOS teléfono: 0251.441.6267, y BALMI S.....