DISPOSITIVO
Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha siete (07) de julio de dos mil dieciséis (2016), por el abogado NELSON ROJAS BRITO, en su carácter de apoderado judicial de la parte accionante, contra la decisión dictada el cuatro (04) de julio de dos mil dieciséis (2016), por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial. En consecuencia, queda CONFIRMADO el auto recurrido.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del presente fallo.
Remítase el expediente al Tribunal de origen, en la oportunidad correspondiente.
Déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias d.....