/Este tribunal en funciones de control N° 1, Administrando Justicia en nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA EL DESESTIMIENTO DE LA CAUSA de conformidad con lo establecido en el articulo 301 ultimo aparte del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes, cúmplase, regístrese remitiéndose las actuaciones una vez cumplidas las formalidades de ley al Fiscal Sexto del Ministerio Público según causa N° 13-F6-1078-05 a los fines de su Archivo Fiscal de conformidad con el artículo 302 del Código Orgánico Procesal Penal.