En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia Unipersonal en Función de Juicio Número II del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley:
PRIMERO: Condena a los ciudadanos Anthony Ildemaro Pérez Prado y José Gregorio Luzardo, ut supra identificados, asistido por el Defensor Privado Alirio Echeverría y por la Defensa Pública Yoleida Rodríguez respectivamente, a cumplir la pena de trece (13) años y seis (06) meses de prisión, por la comisión del delito de Robo Agravado, tipificado en el artículo 458 del Código Penal.
SEGUNDO: Se ordena la permanencia del acusado privado de libertad, como consecuencia de la presente decisión a tenor de lo establecido en el artículo 349 del Código Orgánico Procesal Penal, mientras la presente causa es remitida al Juzgado de Ejecución respectivo a los fines previstos en el libro V del citado texto adjetivo penal vigente, estab.....